Buenos Aires: el Tribunal Fiscal baja una multa de ARBA por COT al mínimo legal por falta de motivación
En un operativo en el peaje Hudson (22/6/2023) ARBA interceptó un camión de ENOD SA con 285 rollos de tela: el conductor exhibió cuatro remitos tipo "R" de…
En un operativo en el peaje Hudson (22/6/2023) ARBA interceptó un camión de ENOD SA con 285 rollos de tela: el conductor exhibió cuatro remitos tipo “R” de AFIP pero no el COT. Por la disposición delegada (SEATYS) 7557 el fisco aplicó una multa de $5.472.000, equivalente al 24% de un remito de $22.800.000, por encima del mínimo legal del 20%.
El Tribunal Fiscal de Apelación bonaerense, Sala III, el 2/6/2026, redujo la sanción al mínimo del 20% ($4.560.000). La mayoría (Rodríguez y De Pascale) sostuvo que ARBA no motivó el excedente del 4% y valoró los remitos “R” como atenuante que permitía identificar la mercadería; rechazó además la “motivación póstuma” que el fisco pretendió introducir en su réplica. La disidencia (Campo) votó por confirmar el 24% invocando la reincidencia de la empresa.
Para el compliance quedan dos lecturas: el COT es un deber formal autónomo cuya omisión dispara sanción objetiva aunque se tenga la documentación federal (RG AFIP 1415); pero toda multa que supere el mínimo de la escala exige motivación expresa de los agravantes, y su ausencia abre una impugnación con buenas chances. No surge del material si el fallo está firme.
Qué hacer
- Auditar sanciones de ARBA por COT que superen el mínimo del 20% y evaluar impugnación por falta de motivación.
- Reforzar la emisión del COT como deber autónomo, además de los remitos de AFIP, en traslados dentro o hacia PBA.
Fuente: Texto completo en Errepar →