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CABA reglamenta el RIMICABA: cómo se accede a las exenciones de Sellos, Inmobiliario/ABL y al pago a cuenta de Ingresos Brutos

El Decreto (Bs. As. cdad.) 305/2026 reglamenta la ley 6.950, que creó el Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones de la Ciudad (RIMICABA), espejo local…

03 de septiembre de 2026

El Decreto (Bs. As. cdad.) 305/2026 reglamenta la ley 6.950, que creó el Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones de la Ciudad (RIMICABA), espejo local del RIMI del Título XXIII de la ley nacional 27.802. Designa autoridad de aplicación al Ministerio de Desarrollo Económico; la inscripción tramita por TAD y exige, entre otros recaudos, no registrar deudas impositivas locales y nacionales o tenerlas incluidas en un plan de pagos vigente sin incumplimientos.

En lo sustantivo: la exención de Sellos requiere que el instrumento esté directamente vinculado a la inversión aprobada y lo consigne con carácter de declaración jurada, quedando el agente de recaudación relevado de retener. La exención de Inmobiliario y ABL alcanza a inmuebles construidos por las inversiones promovidas, desde la acreditación de la inversión y por el plazo de dos años. El crédito fiscal computable como pago a cuenta de Ingresos Brutos exige acreditar las inversiones ante la autoridad de aplicación, que lo comunica a AGIP; ningún beneficiario puede superar el 10% del cupo fiscal anual de $150.000.000.000, y los importes que excedan los límites se trasladan a anticipos sucesivos hasta agotarse o hasta el 31/12/2028, lo que ocurra primero.

La reserva de cupo se produce con el acto administrativo de incorporación, que también marca el inicio de la vigencia de los beneficios y del plazo mínimo de permanencia. Queda pendiente la normativa operativa de la autoridad de aplicación y de AGIP.

Qué hacer

  • Evaluar si los proyectos de inversión de clientes en CABA encuadran en la ley 6.950 y anticipar la carga en TAD antes de que el cupo anual se asigne.
  • Verificar la situación fiscal local y nacional del solicitante: la deuda no regularizada bloquea el acceso al régimen.

Fuente: Texto completo en Errepar →