Tasas municipales en la factura de servicios: la Procuración y el camino a la Corte ("José C. Paz")
María José Daró analiza el dictamen de la Procuración General de la Nación en "Municipalidad de José C.
María José Daró analiza el dictamen de la Procuración General de la Nación en “Municipalidad de José C. Paz c/Estado Nacional”, que remite a lo dictaminado en “Municipalidad de Río Grande c/Estado Nacional”. La controversia no versa sobre la validez de las tasas municipales, sino sobre su percepción mediante la factura eléctrica: la resolución (SIyC) 267/2024 y la resolución (ENRE) 708/2024 dispusieron que los comprobantes contengan solo conceptos propios del servicio, dejando sin efecto la incorporación de tributos ajenos a la prestación.
La Cámara Federal de San Martín (Sala II) consideró que esas normas afectan irrazonablemente la autonomía financiera municipal, al suprimir un mecanismo de cobro que el propio ENRE había admitido (con talón troquelado y opción del usuario de no abonar). La Procuración, al pronunciarse sobre los recursos extraordinarios del Estado Nacional y el ENRE, corrió el eje hacia la tutela del consumidor y las competencias regulatorias federales.
Se trata de un dictamen, no de derecho vigente: la palabra final la tiene la Corte Suprema. A nuestro juicio, si el criterio de la SIyC/ENRE se consolida, los municipios que financian tasas (alumbrado, seguridad e higiene) a través de la factura de servicios deberán rediseñar sus regímenes de percepción. Conviene seguir el expediente.
Qué hacer
- Relevar municipios/clientes que perciben tasas vía factura de servicios públicos y anticipar mecanismos alternativos de cobro ante un eventual fallo adverso de la CSJN.
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