SISA: qué cambia la RG (ARCA) 5894 en la Información Productiva y cómo repercute en el reintegro de IVA
La RG (ARCA) 5894 (BO 01/09/2026) modifica el módulo de Información Productiva del SISA: la IP-1 (del 01/09 al 31/10) suma a la superficie de cultivos de…
La tesis del autor: La RG 5894 incorpora los cultivos extratemporáneos a la Información Productiva y endurece el reintegro de IVA, dejando al productor expuesto a demoras que no controla.
La RG (ARCA) 5894 (BO 01/09/2026) modifica el módulo de Información Productiva del SISA: la IP-1 (del 01/09 al 31/10) suma a la superficie de cultivos de invierno la de cultivos de verano de ciclo extemporáneo, y la IP-2 (del 01/12 a fin de febrero) el espejo inverso. La autora recorre la carga de la campaña 2026/27 con dos advertencias prácticas: quien no tenga existencias o superficie debe declararlo expresamente (“Sin Existencia de Granos” / “Sin Superficie Agrícola”, no omitir la presentación), y la rectificación cambia de canal según el momento —hasta abril se edita en el propio servicio SISA; desde mayo exige Presentaciones Digitales con documentación respaldatoria y revisión de un funcionario—.
Sobre el reintegro de IVA de la RG (AFIP) 4310, señala el punto crítico: la demora del operador en vincular la LPG al certificado mediante la LPG de ajuste, o la falta de cancelación de los saldos por el agente de retención, impactan directamente en el reintegro al productor, que “no cuenta con herramientas para hacer valer su derecho” en ninguno de los dos casos.
Qué hacer
- Preparar con los clientes productores la IP-1 de la campaña 2026/27 dentro de la ventana 01/09–31/10, incluyendo los cultivos extratemporáneos.
Fuente: Texto completo en Errepar →