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TUC · Tucumán Impacto medio

Seis normas provinciales de aplicación inmediata, con un plazo que vence en agosto

Dos exigen actuar y una opera sola. La prórroga tucumana del Régimen de Regularización de Deudas Fiscales corre hasta el **31/8/2026**, y el Decreto…

10 de agosto de 2026

Dos exigen actuar y una opera sola. La prórroga tucumana del Régimen de Regularización de Deudas Fiscales corre hasta el 31/8/2026, y el Decreto 1744-3/2026 lo amplía para el transporte automotor urbano e interurbano de pasajeros, incorporando deudas exigibles hasta el 31/7/2026 con fecha de referencia 1/8/2026.

La que opera sin pedido del contribuyente es Neuquén: la Resolución (DPR) 255/2026 dispuso el alta, reinscripción e inscripción de oficio en Ingresos Brutos Directos de todos los inscriptos en IVA —gravados o exentos— con domicilio fiscal en la provincia que no figuraban en el padrón o estaban cesados. Las CUIT inactivas ante ARCA quedan registradas con bloqueo temporal que se levanta al regularizar, y hay un trámite web para corregir la fecha de inicio si no coincide con el cambio real de domicilio. Conviene mirar el padrón antes de que llegue la intimación.

El resto son ajustes de encuadre: Catamarca actualizó desde el 1/8/2026 los importes fijos del Régimen Simplificado para las categorías A a F; Chubut reglamentó las exenciones de sellos de la ley XXIV-123 para refinanciaciones de deuda y locaciones habitacionales; y Entre Ríos adecuó los requisitos de las exenciones de ingresos brutos para medios de comunicación, entidades sin fines de lucro y obra pública de la ley 6.351.

Qué hacer

  • Tucumán: formalizar el acogimiento antes del 31/8/2026.
  • Neuquén: verificar en el padrón si hubo alta de oficio y pedir la adecuación de fecha por el portal si corresponde.
  • Chubut y Entre Ríos: contrastar las exenciones que se venían aplicando contra los nuevos requisitos antes de instrumentar.

Fuente: Texto completo en Errepar →