Reforma a la "inocencia fiscal": el proyecto con dictamen llega a Diputados el 26/8
Se trata de un proyecto con dictamen de comisión —no de derecho vigente— que Diputados tratará el miércoles 26/8/2026 y que modifica el régimen de "inocencia…
Se trata de un proyecto con dictamen de comisión —no de derecho vigente— que Diputados tratará el miércoles 26/8/2026 y que modifica el régimen de “inocencia fiscal” de las Leyes 11.683 y 27.799. El eje es la presunción de exactitud de las declaraciones de Ganancias e IVA, que solo cede ante una “discrepancia significativa”. El proyecto flexibiliza ese umbral: no habrá discrepancia cuando la diferencia de impuesto no supere el 5% del monto del art. 1 del Régimen Penal Tributario (piso de $5.000.000), aun cuando exceda el 15% proporcional; y coloca la prueba de la discrepancia exclusivamente sobre ARCA, que solo podrá apoyarse en lo declarado, en sus sistemas o en datos de terceros.
Suma varios alivios: la rectificativa presentada dentro de los 15 días hábiles de notificada la liquidación (art. 14) o la determinación de oficio (art. 17), cancelando saldos e intereses, no configura discrepancia; si la determinación se anula o revoca en forma firme, la presunción se restablece con efecto retroactivo y ARCA debe reintegrar lo pagado con intereses en 45 días hábiles; y quien preste conformidad a los ajustes de Ganancias o IVA queda exento de las multas de los arts. 45 y 46 no firmes. Para MiPyMEs y personas humanas se reducen un 25% las multas formales.
A nuestro juicio es la novedad a seguir de cerca, pero nada rige hasta la sanción: conviene no anticipar planificación sobre un texto que todavía puede cambiar en el recinto.
Qué hacer
- Monitorear la sesión de Diputados del 26/8/2026 y el texto que finalmente se sancione antes de asesorar sobre la DJ simplificada.
- Relevar clientes personas humanas y sucesiones indivisas que podrían optar y verificar su condición de residencia fiscal (recordar la excepción para el período 2025).
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