Factura electrónica obligatoria: ARCA suma al monotributo social, a los efectores y a los sujetos no alcanzados por el IVA
La RG 5893/2026 modifica las RG 100, 4290, 4291 y 5866 y cierra el esquema de comprobantes preimpresos: quedan obligados a respaldar operaciones con…
La RG 5893/2026 modifica las RG 100, 4290, 4291 y 5866 y cierra el esquema de comprobantes preimpresos: quedan obligados a respaldar operaciones con comprobantes electrónicos o controlador fiscal los responsables inscriptos, exentos, no alcanzados por el IVA y monotributistas, incorporando ahora a los pequeños contribuyentes del Régimen de Inclusión Social y Promoción del Trabajo Independiente y a los inscriptos en el Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social. Se deroga el Capítulo B del Título II de la RG 4290.
No todos pueden elegir modalidad. Deberán emitir exclusivamente comprobantes electrónicos las MIPYMES en operaciones alcanzadas por la Factura de Crédito Electrónica de la ley 27440, los sujetos no alcanzados por el IVA y los incluidos en el Anexo II de la RG 4291. A partir del 1/3/2027 tampoco podrán usar controladores fiscales las empresas promovidas, la medicina prepaga, las instituciones educativas de gestión privada, la locación temporaria de inmuebles con fines turísticos y las aseguradoras por pólizas de caución. A los monotributistas sin punto de venta electrónico, ARCA se lo habilitará de oficio en ‘Comprobantes en línea’, asociado a su domicilio fiscal.
El cronograma es escalonado: vigencia general el 1/11/2026; aseguradoras desde el 31/8/2026; no alcanzados por el IVA desde el 1/3/2027 (hasta entonces siguen bajo la RG 100). Los talonarios impresos quedan solo como respaldo de contingencia (Título III, RG 4290) hasta el vencimiento del plazo autorizado. Además, en los primeros 3 meses desde el alta las autorizaciones parciales de impresión valen 120 días corridos, con reducción o denegatoria ante irregularidades; se deja sin efecto el artículo 27 de la RG 100.
Qué hacer
- Relevar la cartera de monotributistas sociales, efectores y entidades no alcanzadas por el IVA y planificar la migración a ‘Comprobantes en línea’ antes del 1/11/2026.
- Verificar los puntos de venta que ARCA habilite de oficio y el stock de talonarios: desde la vigencia solo sirven ante contingencias.
- Aseguradoras: la obligación por pólizas de caución rige ya desde el 31/8/2026.
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