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Minería: la importación con beneficios fiscales de la ley 24.196 pasa a un trámite digital por declaración jurada

La Resolución (SM) 73/2026 aprueba el procedimiento —de tramitación exclusivamente digital— para utilizar los beneficios del artículo 21 de la ley 24.196:…

01 de septiembre de 2026

La Resolución (SM) 73/2026 aprueba el procedimiento —de tramitación exclusivamente digital— para utilizar los beneficios del artículo 21 de la ley 24.196: exención de derechos de importación, impuestos especiales, gravámenes correlativos y tasa de estadística para bienes de capital, partes, repuestos, accesorios e insumos destinados a proyectos mineros. Aprueba también el listado actualizado de posiciones arancelarias NCM alcanzadas (anexo II) y deroga las resoluciones 89/2019 y 15/2020, que exigían autorizaciones previas, firmas ológrafas y trámites presenciales.

El esquema reemplaza la autorización previa por declaraciones juradas digitales con validación automática a través de la VUCEA y el Sistema Informático Malvina, en línea con el decreto 482/2026. Atención a la operatividad: el nuevo procedimiento aplica a los trámites iniciados desde la vigencia, pero recién cuando se adecúe la plataforma TAD y la Dirección General de Aduanas (ARCA) dicte la normativa complementaria para integrar las declaraciones al SIM. Los trámites presentados antes se resuelven con la normativa anterior.

Qué hacer

  • Importadores mineros: cotejar las posiciones NCM del nuevo anexo II antes de embarcar y confirmar la operatividad de TAD/SIM antes de iniciar trámites nuevos.

Fuente: Texto completo en Errepar →