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Multas formales tras Inocencia Fiscal: montos multiplicados y el alivio parcial que propone Inocencia Fiscal II

El autor parte de la naturaleza penal de las sanciones de la ley 11683 (CSJN, "Parafina del Plata", 2/9/1968) y muestra la magnitud del salto que introdujo…

01 de septiembre de 2026 · sobre el trabajo de Richard L. Amaro Gómez (Consultor NOA)

La tesis del autor: El autor sostiene que la actualización de multas de la ley 27799 —un aumento promedio del 75.000%— es desproporcionada para las PyMEs, y que las reducciones del proyecto Inocencia Fiscal II son un alivio real pero insuficiente.

El autor parte de la naturaleza penal de las sanciones de la ley 11683 (CSJN, “Parafina del Plata”, 2/9/1968) y muestra la magnitud del salto que introdujo la ley 27799: la multa por omitir declaraciones juradas pasó de $200/$400 a $220.000/$440.000, la de precios de transferencia a un rango de $11.000.000 a $22.000.000 y la de regímenes de información propia hasta $10.000.000.000, con actualización anual por UVA desde el 1/1/2027. Recuerda además la regla del artículo 6 del decreto 93/2026: para infracciones cometidas desde el 2/1/2026 rige el importe vigente al momento de la cancelación, no del incumplimiento.

Sobre el proyecto de Inocencia Fiscal II —tiene dictamen favorable, pero no es derecho vigente— describe dos alivios para MiPyMEs (art. 2, ley 24467), personas humanas, sucesiones indivisas y entidades sin fines de lucro que no sean Grandes Contribuyentes: una reducción de pleno derecho del 25% en las multas formales de los artículos 38 y 39, y un régimen especial que reduce al 50% las multas no firmes —o firmes impagas— por obligaciones vencidas desde la ley 27799, a cambio del allanamiento incondicional y la renuncia a repetir.

Concluye que, aun con esos alivios, las multas siguen lesionando la proporcionalidad, la razonabilidad y el principio de empresa en marcha, en especial para las PyMEs tucumanas.

Qué hacer

  • Para infracciones posteriores al 2/1/2026, evaluar cancelar las multas antes de la actualización UVA de enero de 2027: el importe se fija al momento del pago.

Fuente: Texto completo en Errepar →